Amplía Poder Legislativo a 30 días el plazo para anular nombramientos de servidores públicos
Con 21 votos a favor y dos abstenciones, el pleno del Congreso del Estado de Colima, aprobó reformar el Artículo 170 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, para ampliar a 30 días hábiles, el plazo para que la autoridad pueda solicitar la nulidad de un nombramiento, cuando el trabajador no reúna los requisitos necesarios para el empleo o cargo de que se trate.
Con esta reforma, el Poder Legislativo, busca otorgar a la autoridad un plazo razonable que le permita verificar con mayor amplitud el cumplimiento de los requisitos legales y la acreditación de la capacidad o aptitud necesarias para el desempeño del cargo, sin afectar derechos laborales adquiridos.
El dictamen elaborado por la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, mantiene en el Artículo 170, los considerandos que prescriben en 15 días hábiles, mientras que el nuevo Articulo 170 Bis es específico en el plazo de 30 días para que la autoridad correspondiente pueda solicitar la nulidad de un nombramiento cuando existan irregularidades en su designación.
La reforma dota de equilibrio entre la potestad de control de la administración y la estabilidad en el empleo de las personas servidoras públicas, dándole viabilidad y congruencia con plazos establecidos en otros órdenes normativos a nivel nacional.
