Por mayoría, respalda Legislatura de Colima la reforma constitucional en materia electoral
Por mayoría, el pleno de la LXI Legislatura del Estado de Colima, respaldó la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia electoral.
La Reforma en particular, hace ajustes en la integración y funcionamiento de los Ayuntamientos; establece límites presupuestarios para los Congresos locales y a las remuneraciones de funcionarios electorales; los mecanismos para la implementación progresiva de dichas medidas, así como la reasignación de los recursos públicos generados por los ahorros hacia fines de interés social.
El dictamen a la minuta, es producto de una iniciativa denominada Plan B, presentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo al Congreso de la Unión, que reforma en particular los artículos 115, fracción I, párrafo primero, y 116, fracción II, párrafo segundo, y adición de un párrafo cuarto al artículo 134 de la Constitución Política Federal.
Con los cambios constitucionales avalados, los ayuntamientos estarán integrados por un Presidente o Presidenta Municipal, una sindicatura y hasta quince regidurías, de conformidad con los principios de paridad de género vertical y horizontal, perspectiva de género e igualdad sustantiva.
En el caso de las Legislaturas locales, se establece que su presupuesto anual no debe exceder del cero punto setenta por ciento del presupuesto de egresos de la entidad federativa correspondiente. Y que, en su integración, se garanticen los principios de paridad, igualdad sustantiva y perspectiva de género.
Respecto a las y los consejeros y magistrados electorales, titulares de las secretarías de órganos administrativos y titulares de áreas ejecutivas y técnicas u homólogos del Instituto Nacional Electoral, los organismos públicos locales electorales y los tribunales electorales de las entidades federativas, la reforma indica que no podrán tener una remuneración mayor a la que percibe la persona titular del Ejecutivo Federal y no podrán adquirir o contratar con recursos públicos seguros de gastos médicos, de vida o de pensiones privadas u otras prestaciones que no estén previstas por la ley, decreto, disposición general, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo.
Mientras que, el presupuesto anual autorizado para el Senado de la República deberá ajustarse de manera progresiva durante los cuatro ejercicios fiscales subsecuentes, con el objeto de alcanzar, al término de ese periodo, una reducción acumulada equivalente al quince por ciento.
La minuta de reforma añade que los recursos públicos que resulten como economías o ahorros en los presupuestos anuales que, en su caso, se realicen a los presupuestos de los Congresos, deberán destinarse a obras de infraestructura pública en beneficio de la población, garantizando en todo momento los principios de legalidad, honradez, transparencia y austeridad.
El documento fue aprobado con 18 votos a favor de Morena, PT, PVEM, Nueva Alianza y MC, 4 votos en contra de PAN Y PRI y 0 abstenciones.
